Aprobado el Plan MOVEA 2017 de ayudas a la adquisición de vehículos de energías alternativas

Plan MOVEA

El Consejo de Ministros aprobaba, hace unos días, el Real Decreto que regula la concesión de ayudas para la compra de vehículos con energías alternativas, así como para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, conocido como Plan MOVEA 2017. El importe total de las ayudas asciende a 14,26 millones de euros y estará en vigor hasta el 15 de octubre de 2017 o hasta que se agoten los fondos disponibles.

El Plan MOVEA busca fomentar el uso de vehículos propulsados con energías alternativas a los combustibles fósiles tradicionales, que están llamados a formar parte de la movilidad sostenible en el transporte, tanto en las ciudades como en las carreteras. Debido a sus beneficios en materia de diversificación energética y reducción de la dependencia de los productos petrolíferos, así como por la reducción de emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes y de efecto invernadero, este tipo de vehículos ayudan a mejorar la calidad del aire de nuestras ciudades y a disminuir la contaminación acústica, favoreciendo además el consumo de energías autóctonas, especialmente de fuentes renovables.

Vamos a conocer mejor los detalles del Plan MOVEA 2017.

Plan MOVEA

¿Qué fomenta el Plan MOVEA 2017?

El Plan MOVEA fomenta, exclusivamente, la adquisición de vehículos de combustible alternativos, incluyendo:

  • Vehículos eléctricos.
  • Vehículos de gas licuado de petróleo.
  • Vehículos de gas comprimido y licuado.
  • Vehículos que se propulsan con pila de combustible de hidrógeno.
  • Motos eléctricas.
  • La implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.

¿Para qué se conceden las ayudas?

Las ayudas se conceden para la compra de un vehículo nuevo, ya sea mediante adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo). Asimismo, se incluye la compra de un vehículo usado de hasta 9 meses de antigüedad (desde la primera matriculación hasta que se solicita la ayuda), siempre que sea un vehículo eléctrico (excepto motocicletas) o de pila de combustible. Y, por último, como adelantábamos, incluye también la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones del Plan MOVEA 2017 personas físicas, profesionales autónomos, empresas privadas, entidades locales y públicas vinculadas o dependientes de ellas, Administraciones de las Comunidades Autónomas y entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas y otras entidades públicas.

Se excluyen de las ayudas para la adquisición de vehículos los puntos de venta y concesionarios, así como empresas en crisis.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La cuantía de las ayudas se fija con diferentes baremos dependiendo del tipo de vehículo y del combustible utilizado. La ayuda será a partir de 500 € (turismos y furgonetas), 5.000 € para microbuses y camionetas y 18.000 € para autobuses y camiones. Para las motocicletas la ayuda oscila entre 1.500 y 2.000 €.

Las ayudas para la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas públicas podrán alcanzar un importe de hasta el 40% del coste, con un máximo de 1.000 € por punto de recarga convencional, de 2.000 € por punto de recarga semi-rápida y de 15.000 € por punto de recarga rápida.

¿Es necesario achatarrar otro vehículo para solicitar la ayuda?

Para responder a esta pregunta, hay que diferenciar dos casos. En primer lugar, si se adquieren vehículos de las categorías M1 (vehículos de transporte de pasajeros y que no cuenten con más de 8 asientos, además del conductor) y N1 (vehículos utilizados para el transporte de carga y con un peso máximo que no exceda las 3.5 toneladas métricas) no es obligatorio el achatarramiento de uno antiguo. En caso de hacerlo, y siempre que el achatarramiento sea posterior a la publicación del Real Decreto, podrían solicitar una ayuda adicional de 750 € cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Esté matriculado con anterioridad al 1 de enero de 2007 (para los vehículos de categoría M1) y con anterioridad al 1 de enero de 2010 (categoría N1).
  • El vehículo achatarrado tenga en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a la entrada en vigor del RD.
  • El solicitante de la ayuda sea titular del vehículo achatarrado, al menos durante los doce meses anteriores a la solicitud.
  • Haya abonado el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (bajo su titularidad), al menos desde el año 2016.
  • Presente un certificado acreditativo de la baja definitiva en circulación del vehículo a achatarrar.

El segundo supuesto se refiere a la adquisición de vehículos de las categorías M2 (transporte de pasajeros con más de ocho asientos además del asiento del conductor, y que no excedan el peso máximo de 5 toneladas métricas), N2 (vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo superior a las 3.5 toneladas métricas pero que no exceda las 12), M3 (transporte de pasajeros con más de ocho asientos, además del asiento del conductor, y que tengan un peso máximo mayor a las 5 toneladas) y N3 (vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo superior a las 12 toneladas). En esos casos, sí será obligatorio achatarrar y dar de baja definitiva otro vehículo.

¿Cómo se solicitan las ayudas?

Las solicitudes de ayuda para la adquisición de vehículos se canalizarán necesariamente a través de los puntos de venta de vehículos previamente adheridos al Plan MOVEA, a través del sistema telemático de gestión que desarrollará y pondrá en marcha la entidad colaboradora, una vez que ésta haya sido seleccionada.

Las solicitudes de las ayudas para la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público, podrán ser presentadas, bien por el propio solicitante, o bien a través de un agente de venta de puntos de recarga. En cualquiera de los casos la solicitud se realizará a través del sistema telemático de gestión que desarrollará y pondrá en marcha la entidad colaboradora.

¿Cómo se resuelven las ayudas y se realiza el pago?

El procedimiento de pago es análogo al seguido en el Plan MOVEA 2016. Hay que destacar que una vez que se resuelva la ayuda, la entidad colaboradora realizará un ingreso en la cuenta corriente del punto de venta por la cuantía equivalente a los descuentos realizados previamente al beneficiario, y reflejados en la factura de compraventa.

En el caso de que la ayuda sea para la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público, el pago será realizado por la entidad colaboradora directamente al solicitante de la ayuda, independientemente de que se haya tramitado o no a través de un agente de venta de puntos de recarga, a su cuenta corriente.

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